La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Nacional de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, sancionó con seiscientos setenta y ocho millones ochocientos cincuenta y un mil ochocientos setenta pesos ($676.851.870), a la sociedad GLAXOSMITHKLINE COLOMBIA S.A., tras comprobarse que esta infringió lo dispuesto en el artículo 1° de la Circular 04 de 2012 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM), al exceder el precio máximo de venta del medicamento LAMICTAL en presentaciones de 25, 50, 100, y 200 mg – tableta x 30, hasta en un 653%.
La sanción se impuso tras comprobarse que dicho medicamento se comercializó con este sobreprecio en el sistema general de seguridad social en salud, afectando no solo las finanzas públicas, sino también los derechos fundamentales de los pacientes y el mercado regulado por el Estado.
La resolución que impone la sanción a la sociedad GLAXOSMITHKLINE COLOMBIA S.A. es de primera instancia, y contra esta proceden los recursos de reposición y apelación.
Fuente: SIC